Artículo 59.- Son obligaciones y atribuciones
del Coordinador General Zona Huasteca.
I. Al inicio de su gestión deberá presentar un
plan de trabajo al Comité Ejecutivo Estatal y a
la zona que represente.
I. Dirigir e impulsar actividades tendientes al
bienestar de la Organización Sindical y de sus
agremiados.
III. Rendir informe al Secretario General del
Comité Ejecutivo Estatal, de las actividades que
se realicen.
IV. Efectuar visitas periódicas a las
Representaciones y Delegaciones Sindicales,
orientando a sus dirigentes en el cumplimiento
de las disposiciones y acuerdos de los Órganos
de Gobierno.
V. Atender las demandas de los trabajadores de
la zona en ausencia del coordinador respectivo o
cuando este lo solicite.
VI. Organizar reuniones periódicas con los
coordinadores para analizar los asuntos
referentes a la Coordinación Huasteca y con
Representantes cuando se amerite.
VII. Atender las demandas de gestión para
atención medica ante el ISSSTE.
VIII. Recibir de los Coordinadores y organizar
toda documentación en lo referente al crédito y
vivienda que se deba enviar para su gestión.
IX. Presentar ante el Comité Ejecutivo Estatal
propuestas de nuevo ingreso, cambios,
incrementos de horas, previo consenso con los
Coordinadores.
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