Son obligaciones y atribuciones del Secretario
de Crédito,Vivienda y Asistencia Social:
I. Intervenir en los asuntos relativos a su
cartera.
II.
Gestionar la concesión e incrementos a créditos
hipotecarios destinados a adquisición de
terrenos, departamentos y casa habitación, ante
el FOVISSSTE y otros organismos para la vivienda.
III.
Vigilar la correcta aplicación de intereses y
descuentos de los créditos de los miembros del
S.I.T.C.B.S.L.P., y auxiliarlos en las gestiones
para regularizar los descuentos y obtener las
devoluciones de los que indebidamente se le haya
practicado.
IV.
Conocer, tramitar y resolver de acuerdo con el
Secretario General los asuntos y problemas de
los miembros del S.I.T.C.B.S.L.P., a que se
refieren las fracciones anteriores.
V.
Gestionar promociones económicas por medio de
descuentos en los establecimientos de mayor
demanda (productos básicos, etc.).
VI.
Realizar y propiciar todo aquello que tienda al
mejoramiento social y profesional de los
miembros del S.I.T.C.B.S.L.P.
VII.
Coadyuvar en la organización y orientación de
agrupaciones femeniles y varoniles de carácter
cívico deportivo o de otra índole, respetando su
autonomía y la del Organismo Sindical.
VIII.
Promover la organización de actos cívicos,
festivales, cuadros artísticos y conjuntos
musicales.
IX.
Gestionar ante las autoridades educativas la
creación de todo tipo de becas para los miembros
del S.I.T.C.B.S.L.P., y para sus hijos.
X.
Vigilar las funciones de los servicios médicos
que proporcionen a los miembros del
S.I.T.C.B.S.L.P., y a sus familiares del ISSSTE
y otras instituciones de servicio social.
XI.
Promover el establecimiento de clínicas y
puestos periféricos y farmacias en beneficio de
los miembros del S.I.T.C.B.S.L.P.
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