Son obligaciones y atribuciones del Secretario
Prensa y Propaganda:
I. Estudiar y emitir opiniones previo acuerdo
con el Secretario General del S.I.T.C.B.S.L.P.,
sobre obras de carácter sindical, pedagógico y
de cultura general que por su contenido,
ajustado a los principios y objetivos del
S.I.T.C.B.S.L.P., merezca meditarse.
II.
Dictaminar sobre el contenido, valor sindical,
literario y cultural de las obras que para su
estudio le sean turnadas por el Secretario
General del S.I.T.C.B.S.L.P.
III.
Recomendar al Secretario General del
S.I.T.C.B.S.L.P., la edición de obras y
propaganda que a juicio del S.I.T.C.B.S.L.P.,
deba publicar para constituir medios de
superación técnica, profesional, sindical,
política y social de los miembros del organismo
sindical.
IV.
Coleccionar las obras y artículos que sobre
asuntos sindicales, pedagógico y de cultura
general edite el S.I.T.C.B.S.L.P.
V.
Algunas de las tareas extraordinarias de esta
Secretaría son:
a) La difusión y repartición de folletos,
boletines, revistas, periódicos, etc. enviados
por el Comité Ejecutivo Estatal del
S.I.T.C.B.S.L.P.
b) La distribución de material de propaganda en
todos los Centros de Trabajo en forma impresa o
por medios electrónicos u otras tecnologías.
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